Estas son las novedades legislativas en materia de alquiler de viviendas para 2022
Tras dos duros años de pandemia, el mercado inmobiliario en España comenzó su recuperación con un 2021 repleto de tendencias alcistas. Sin embargo, de cara a este 2022, la incertidumbre e inestabilidad jurídica parece estar ganando terreno y convirtiéndose en un factor muy a tener en cuenta por los diferentes actores del sector ¿Quieres conocer todas las novedades, desde el punto de vista legislativo, que se presentan este año? Nosotros te las explicamos.
La nueva Ley de Vivienda y sus efectos sobre los pequeños propietarios
Uno de los grandes temas de debate en el Real Estate español ha sido, y sigue siendo, la polémica nueva Ley de Vivienda. Este texto, que sigue su camino hacia la ratificación definitiva en el Congreso de los Diputados, podría entrar en vigor en el último tercio del año.
De entre todos sus apartados, una de las medidas más destacadas es la regulación de los alquileres a nivel estatal, un fenómeno inaudito en España. De este modo, los diferentes Ayuntamientos y Gobiernos Autonómicos -pues la vivienda es una competencia independiente para cada Comunidad Autónoma- serán los encargados de determinar las llamadas “zonas tensionadas”, en las cuales el alquiler podrá estar regulado por un periodo de tres años, prorrogable anualmente.
¿Entrará esta medida en vigor con efecto retroactivo? No. Por lo tanto, en aquellos casos en los que el contrato de alquiler se haya firmado antes de la entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda, los inquilinos deberán contactar con sus respectivos arrendadores en el momento del vencimiento y reclamar la prórroga del contrato al mismo precio, la cual deberá ser aceptada siempre y cuando dicha zona siga siendo catalogada como tensionada.
En último lugar, este nuevo texto legislativo introduce una serie de incentivos fiscales para los propietarios que estén dispuestos a rebajar el precio de los alquileres. Así, aquellas personas que decidan reducir el alquiler al menos un 5% respecto al contrato anterior, podrán desgravarse en el pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) un 90% de la cantidad que cobran al inquilino, en vez del 60% actual. Mientras que, por otro lado, también se ofrecen desgravaciones del 70% para todos aquellos que saquen nuevas viviendas al mercado para jóvenes de entre 18 y 35 años o para régimen de alquiler social de la administración pública.
Adiós a la limitación del precio del alquiler en Cataluña
Continuando en materia de alquiler, es necesario centrarnos en el caso concreto de Cataluña. Este mes pasado la inestabilidad jurídica seguía al orden del día, pues el Tribunal Constitucional estimaba el recurso presentado por el Partido Popular (PP) y anulaba de facto un apartado de la Ley Catalana de Vivienda, en aplicación desde el sábado 9 de abril tras su publicación en el BOE del 8 de abril.
¿Cuál? Pues aquel referente a la limitación del precio del alquiler y delimitación de zonas tensionadas, al entender que las bases de la contratación en materia civil le corresponden exclusivamente al Estado, y no a los Gobiernos Autonómicos. Esta resolución del Constitucional, sin embargo, solo afecta a aquellos contratos firmados después de haberse dictado la sentencia, y no a los ya operados con esta normativa, declarada ahora inconstitucional.
Medidas coyunturales para paliar los efectos del conflicto bélico
La invasión de Rusia a Ucrania ha azotado con fuerza a la economía y los mercados internacionales. En el caso español, esta inestabilidad no ha hecho más que contribuir a un clima complicado inflacionista y con una tendencia alcista de los precios. Es por esto por lo que el Gobierno aprobó un real-decreto la semana pasada enfocado a la vivienda.
Según esta normativa extraordinaria y de carácter coyuntural, quedará limitada, a partir de ahora, al 2% la subida de los precios de las viviendas de alquiler. Esto será aplicable, por lo tanto, a todos los contratos de arrendamiento a los que les corresponda la revisión anual entre el 29 de marzo y el 30 de junio del año 2022.
Para aplicar este nuevo criterio, el Ejecutivo de Pedro Sánchez no modificó la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), sino que ha introducido una variación de carácter temporal por la cual la subida de las rentas de alquiler pase a estar vinculada al Índice de Garantía de Competitividad (IGC) y no al Índice de Precios al Consumo (IPC). Por lo tanto, y a excepción de casos en los que ambas partes (arrendador y arrendatario) acuerden lo contrario, los contratos de alquiler no podrán registrar subidas de precio superiores al 2%.